Consejo de Escuela CARACAS
Según lo estipulado en el Reglamento sobre Constitución de Consejos (artículo 15), el Consejo de Escuela estará integrado por el Director, quien lo preside; tres representantes elegidos por los profesores; dos estudiantes por los alumnos de la Escuela; tres profesores nombrados por el Decano y un representante de los egresados.
Son atribuciones del Consejo de Escuela:
- Coordinar las labores y el funcionamiento de la Escuela, sus Departamentos y cátedras de acuerdo con lo dispuesto por el Consejo de la Facultad.
- Elaborar los planes y programas de estudio y someterlos al Consejo de la Facultad a los fines estatutarios correspondientes.
- Proponer a la consideración del Consejo de Facultad el nombramiento del Personal Docente de la Escuela.
- Evaluar las consultas que en materia académica le formule el Consejo de Facultad.
- Nombrar, a proposición del Director, los jurados examinadores del a menos que el Consejo de Facultad decida asumir esta función.
- Las demás que se señalen en el Estatuto Orgánico o el Consejo Universitario de acuerdo con las leyes y reglamentos.
Para mayor información sobre estas funciones, consulta los siguientes documentos:
Presidente
Carlos Calatrava ccalatra@ucab.edu.ve
Representantes elegidos por los Profesores
Yolanda López de Muñiz ylopez@ucab.edu.ve
Representantes nombrados por el Decano
Ana Diaz andiaz@ucab.edu.ve
Alejandro Del Mar adelmar@ucab.edu.ve
María Belén García mariagar@ucab.edu.ve
Representantes elegidos por los Egresados
Sin postulación
Representantes elegidos por los estudiantes
Karla Tirado kvtirado.21@est.ucab.edu.ve
Santiago Tineo satineo.19@est.ucab.edu.ve